top of page

MINUTA DE REUNIÓN 20/9/2017 - ORDENAMIENTO LEGAL

  • barriopinaruno
  • 25 sept 2017
  • 2 Min. de lectura

Por la presente queremos informarle el tema tratado el día miércoles 20/09 en la reunión informativa realizada conjunto a los propietarios.

ORDENAMIENTO LEGAL:

Breve resumen de los pasos llevados a cabo hasta el día de la fecha:

-Se solicito a DPJ (Dirección de Persona Jurídica) el llamado a asamblea para elección de autoridades mediante nota firmada por propietarios.

-DPJ solicita que se presenten los balances contables periodos 2014 - 2015 - 2016

-Se le solicita la presentación de dichos balances al CPN Gabriel Merlo (último presidente reconocido), quien no facilita la documentación.

-Ante esta situación se envía una carta documento al CPN Gabriel Merlo solicitando que en un plazo de 10 dias corridos haga entrega de lo solicitado.

-Dicha CD es respondida aduciendo que podemos pasar a retirar los balances 2014, pero no asi los 2015 ni 2016.

Pasos a realizarse:

-En base a la solicitud de DPJ (Dirección de Persona Jurídica) de presentación de balances, se entregará en la misma, una nota acreditando el agotamiento de la vía interna en cuanto a la presentación de los estados contables.

- La D.P.J. recibirá la nota, y lo pasará al Departamento de Asocaciones Civiles quienes elaboran un informe del estado institucional.

- El Departamento de Asociaciones Civiles pasa el informe al Departamento Legal para que lo intima (por 10 días) a Merlo (como último presidente reconocido) a presentar la documentación.

- Si Merlo presenta los EECC en 10 días se dicta una Resolución de Reorganización fijando fechas para las dos asambleas:

1: Elección de junta electoral con determinación del cronograma electoral, y tratamiento y consideración de EECC.

2: Elección de autoridades.

- Si Merlo no presenta los EECC en 10 días se dicta una Resolución de Reorganización fijando fechas para las dos asambleas:

1: Elección de junta electoral con determinación del cronograma electoral,

2: Elección de autoridades. En dicha resolución la D.P.J. le dará un plazo prudencial (pedimos que sea de 120 días) para que las autoridades electas y reconocidas presenten la documentación contable, disponiendo el organismo de contralor la persona autorizada para firmar los EECC.

SALUDOS CORDIALES

LA ADMINISTRACIÓN

 
 
 

Comments


bottom of page